Y aqui os muestro una parte que he sacado de la guia de la okupacion, de okupazio bulegoa en la que se explica el procedimiento civil a seguir.
Lo inician l@s propietari@s mediante una demanda judicial. Lo que se
juzga es vuestra estancia sin contrato en la casa, y podéis seguir
permaneciendo en ella.
Es en el juzgado de primera instancia donde se desarrolla este juicio.
El proceso tiene los pasos muy establecidos. Este proceso es prácticamente imposible de ganar, pero aún así no es posible el desalojo o desahucio hasta que no haya una sentencia con fecha para ello, y ésta debe ser comunicada a l@s ocupantes.
Paso a paso:
- La primera noticias que tendréis será una notificación de SACC (Servicios de Actas de Comunicación Civil). Un agente judicial se presentará en el domicilio con copia de la demanda.
- Si nadie recoge la demanda, la devuelven al juzgado correspondiente para comenzar el proceso, fijándose la fecha de celebración de juicio aunque no haya ninguna persona identificada. Lo más oportuno sería tener acceso a la demanda sin necesidad de que alguien se identifique, para tener información acerca del proceso legal.
- En este tipo de juicios hay dos opciones a la hora de elegir abogado: un@ de confianza, o soliciarlo en "justicia gratuita". Es importante no tomar a la ligera la decisión de tener un@ abogad@ de confianza. Con l@s abogad@s de oficio hay que estar muy al corriente de todos los escritos, y sólo l@s abogad@s afines aseguran experiencia en el tema de okupación y dedicación al caso. L@s abogad@s de oficio se apuntan al turno de oficio para tener una experiencia y hacer méritos ante los jueces. Muchas veces intentan cerrar los procesos con los mínimos trámites posibles antes de llevar una digna defensa
- El juicio es una pantomima donde se da la razón siempre a l@s propietari@s. Es el momento de presentar todas las pruebas que hayamos podido conseguir (el estado del inmueble y tiempo que llevaba abandonado, impagos por parte de l@s propietari@s de la contribución urbana, luz, agua, comunidad...). Hay que dejar claro que el/la propietari@ no tenía interés en el inmueble y el grave perjuicio que eso supone para el barrio.
- La sentencia suele determinar el desalojo/desahucio.
- Cabe un recurso de apelación hasta 10 días después de publicada la sentencia. Hay que presentar en el juzgado un anuncio de recurso en la instancia superior, la audiencia provincial. Tras el anuncio se tienen 30 días para interponer el recurso como tal. Aún así, l@s propietari@s pueden pedir el desalojo provisional antes de que la audiencia confirme o no la sentencia.
- Mientras no haya una sentencia en firme, tenemos toda la legitimidad para permanecer en el espacio okupado y hacer uso de la desobediencia civil ante unas leyes que se presentan injustas.
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